martes, agosto 23, 2005

Preguntas Frecuentes

Muchas personas que se están incorporando a este mundo del Capital de Riesgo, se confunden con el significado de algunos conceptos. Por lo que he estimado conveniente comenzar a construir un listado de preguntas frecuentes, sobre la base de lo que habitualmente me consultan:

1.- ¿Cuál es la diferencia entre Fondos de Inversión y Fondos de Capital de Riesgo?
Respuesta: En Chile no hay ninguna diferencia. La Ley 18.815 que regula esta actividad, se refiere a Fondos de Inversión. Asimismo, la Ley 18.657 que regula la actividad en el evento que los recursos provengan del extranjero, se refiere a Fondos de Inversión de Capital Extranjero de Riesgo. Por otra parte, en el mensaje presidencial que acompaña al proyecto de reforma de disposiciones legales relacionadas con el mercado de capitales, conocido como MK2, se menciona repetidas veces: “Industria de Capital de Riesgo”. No obstante ello, reconozco que más de algún purista podrá decir que “la Industria de Capital de Riesgo tiene como vehículo de inversión a los Fondos de Inversión”; sin embargo el uso cotidiano de los términos nos obliga a utilizar como sinónimos a Fondos de Inversión y Fondos de Capital de Riesgo, aunque si queremos ser más globalizados y ser más precisos con el concepto, personalmente recomiendo siempre utilizar: “Fondos de Capital de Riesgo”.

2.- ¿Por qué los Fondos de Capital de Riesgo expiran a una fecha predeterminada?
Respuesta: La esencia de estos fondos es su plazo de vida útil. Su naturaleza obliga a los administradores a invertir el patrimonio con que fueron formados los fondos, esperar y controlar la madurez de las inversiones, para luego comenzar a venderlas y así, restituir a sus legítimos dueños el patrimonio inicial incrementado por las ganancias. Si los fondos no tuviesen una fecha de término, habría una tendencia de los administradores a prolongar la vida del fondo, con la excusa de esperar el momento propicio para la venta de las inversiones. En muchos casos, los dueños del fondo autorizan a sus administradores a períodos de extensión del fondo, sobre la base de razonables explicaciones y normalmente modificando a la baja la comisión de administración.

3.- ¿Aportantes e Inversionistas de los fondos son lo mismo?
Respuesta: Los Aportantes son los dueños de las cuotas del fondo, así se refiere a ellos la Ley 18.815. Las cuotas son representativas de los aportes en dinero al fondo. Los Inversionistas son aquellos que evaluaron positivamente la alternativa de inversión en el fondo, materializándola mediante la adquisición de sus cuotas. En conclusión Aportantes e Inversionistas de los fondos son lo mismo.

4.- ¿La liquidación del fondo corresponde a un momento cuando el fondo vende más baratas sus inversiones?
Respuesta: Hay una dosis de razón en la respuesta implícita en la pregunta. Sin embargo en rigor, la liquidación del fondo corresponde al período final de la vida útil del fondo, cuando el administrador se concentra en el proceso de venta ordenada de las inversiones, para transformar esas inversiones en un patrimonio líquido (caja). Al finalizar las ventas, se devuelve el patrimonio a los aportantes (inversionistas) de la forma como lo establece el Reglamento Interno del Fondo. Es habitual que las primeras ventas correspondan a las mejores inversiones, quedando para el final las peores inversiones, lo que retrasa el proceso de liquidación; es por ello que el administrador al disponer de una fecha límite para vender las inversiones, tienda a vender a precios de oferta, es decir un precio inferior a su valor económico. Hoy es marcada la tendencia durante el período de liquidación del fondo, a devolver el dinero a sus aportantes mediante disminuciones parciales de capital, en la medida que se realicen las ventas de las inversiones.